Politica de Proteccion de Datos Personales

La presente pol?tica tiene por objetivo determinar los principios y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la normatividad aplicable para protecci?n de datos, mecanismos para la atenci?n de consultas y reclamos, por parte de los Titulares de la Informaci?n sujeta al tratamiento de parte de MANUFACTURAS EN POLIURETANO Y PLASTICO S.A.S., en adelante MANUPOL, como Responsable en el manejo de la Informaci?n, previa autorizaci?n dada por su titular.

Generalidades:
Responsable: MANUFACTURAS EN POLIURETANO Y PLASTICO S.A.S. - MANUPOL
NIT 830021777-5
Encargado: Coordinaci?n de Recursos Humano y Compras.
Email: recursoshumanos@manupol.com.co
Carrera 22 No 6 - 88
Bogot? D.C. ? Colombia.
Tel.: 351 33 81 Cel.: 311 522 68 88

Principios:
Las pol?ticas de tratamiento de la informaci?n por parte de MANUPOL, estar?n regidas por los siguientes principios:

Legalidad: MANUPOL como empresa forjada en valores institucionales, seguir? cumpliendo la normatividad nacional y en desarrollo de la presente pol?tica, la protecci?n de datos personales. El tratamiento de las bases de datos personales, debe obedecer a una finalidad leg?tima de acuerdo con la Constituci?n y la Ley, la cual debe ser informada al titular de la informaci?n. En cumplimiento del principio de legalidad, MANUPOL se compromete a dar tratamiento de la informaci?n a las personas naturales y jur?dicas que hayan dado consentimiento, previo, expreso e informado, teniendo como eje central que la informaci?n es veraz, completa, exacta, actualizada y demostrable.

Seguridad: MANUPOL velar? por la seguridad de la informaci?n y por las medidas t?cnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para evitar la adulteraci?n, perdida, visualizaci?n, consulta o uso, por parte de terceros no Autorizados y tomara las medidas correspondientes para evitar ser objeto de fraude.

Confidencialidad: MANUPOL asegurar? que todos sus dependientes que intervengan en el tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de p?blicos, estar?n obligados a garantizar la reserva de la informaci?n, inclusive despu?s de finalizada su relaci?n contractual o legal con MANUPOL.

1. APLICABILIDAD

La presente pol?tica cobija los datos personales a los cuales MANUPOL ha tenido acceso en virtud de una relaci?n contractual, cuyo tratamiento automatizado o manual se realice por personas naturales o jur?dicas, de naturaleza p?blica o privada en el territorio Colombiano o fuera de ?ste seg?n convenios y tratados internacionales que generen de parte de MANUPOL obligatoriedad. Lo anterior sin perjuicio de las excepciones previstas en el art?culo 2 de la ley 1581 de 2012.

2. DEFINICIONES

Autorizaci?n: Es el permiso expreso concedido por el titular de la informaci?n a MANUPOL, para realizar el tratamiento de sus datos, en especial, a recolectar, confrontar, almacenar, actualizar, usar, circular, transmitir, transferir (dentro y fuera del territorio colombiano) y suprimir sus datos personales en los t?rminos expresados en la presente Pol?tica de Tratamiento de la Informaci?n Personal as? como tambi?n para consultar, complementar y actualizar dichos datos personales.
Base de Datos: Es el conjunto de datos personales organizado f?sica o sistem?ticamente objeto de tratamiento. Tratamiento: Se define como cualquier operaci?n u operaciones sobre datos personales, tales como recolecci?n, almacenamiento, uso, circulaci?n, supresi?n, actualizaci?n, transferir, transmitir y cualquier otra finalidad dentro de los par?metros legales.
Actividades de Seguridad: Son todas las actividades desplegadas por MANUPOL para salvaguardar la informaci?n tanto f?sica como digital.
Titular de la Informaci?n: Es la Persona natural o jur?dica con cuyos datos son objeto de tratamiento y que se encuentra vinculada contractualmente con MANUPOL.
MANUFACTURAS EN POLIURETANO Y PLASTICO S.A.S. (MANUPOL): Es la persona jur?dica encargada del tratamiento de datos personales (recolecci?n, almacenamiento, uso, procesamiento, circulaci?n, supresi?n, entre otros) por medio de sus procedimientos jur?dicos, contables y comerciales.
Dato P?blico. Es la informaci?n que, conforme a la ley no requiere de autorizaci?n del titular para su divulgaci?n. Dato Semiprivado. Es el dato cuyo conocimiento o divulgaci?n puede interesar no s?lo a su Titular sino a terceras personas.
Dato Privado. Es el dato que por su naturaleza s?lo es relevante para el Titular.
Dato Sensible. Es el dato cuyo uso indebido puede generar su discriminaci?n, segregaci?n, a su titular.
Derecho al habeas data. Es el derecho constitucional del titular de la informaci?n para conocer, actualizar y rectificar sus datos personales.
Proveedores: Persona jur?dica o natural que presta servicios a MANUPOL.
Cliente: Es la persona Natural o Jur?dica a la cual MANUPOL, vende bienes y servicios.
Responsable del tratamiento: Es la persona natural o jur?dica designada por MANUPOL, que recibe o conoce y hace tratamiento de los datos personales.

3. TRATAMIENTO

El Titular de la informaci?n autoriza expresamente a MANUPOL a realizar el tratamiento de sus datos, de igual manera autoriza expresamente para recopilar, cotejar, confrontar, archivar, almacenar, actualizar, usar, circular, transmitir, as? como eliminar, modificar de forma parcial o total, los datos personales de conformidad con lo establecido en la presente pol?tica de Tratamiento de la Informaci?n Personal.

4. INFORMACI?N ALMACENADA.

En Desarrollo de su objeto social, MANUPOL puede almacenar en sus bases de datos informaci?n personal: - Datos de identificaci?n, como nombre, apellidos. - Datos de contacto (tel?fono del domicilio, celular, direcci?n de correspondencia, entre otros) - Correos Electr?nicos. - Nombres de las empresas o entidades. - Informaci?n bancaria. - Informaci?n fiscal. - - Comportamiento Crediticio. - Referencias comerciales. - Fotograf?as, material audiovisual y en general, la informaci?n relacionada con la actividad comercial.

5. FINALIDAD DE LA INFORMACION
MANUPOL utilizar? la informaci?n para las siguientes finalidades:
a) Realizar los registros correspondientes en sus bases de datos y dar cumplimiento a la normatividad legal vigente, en especial de naturaleza tributaria.
b) La informaci?n recolectada ser? utilizada para realizar las consultas necesarias para cumplir con las obligaciones relativas a la prevenci?n del lavado de activos y financiaci?n del terrorismo.
c) Consulta y reporte a entidades que manejen informaci?n financiera, para conocer su comportamiento como deudor, capacidad de pago, la posibilidad para mantener una relaci?n contractual y en general para analizar el riesgo financiero y crediticio.
d) Para las dem?s actividades que deban llevarse a cabo en virtud de la relaci?n MANUPOL ? Titular de la Informaci?n.

6. ACCESO A LA INFORMACI?N POR PARTE DE TERCEROS


El Titular autoriza expresamente a MANUPOL o a quien represente sus derechos, a suministrar la informaci?n requerida por entidades de Estatales de control, Entidades tributarias y de hacienda y a entidades de naturaleza p?blica y privada que analicen comportamiento crediticio de acuerdo a la autorizaci?n previamente dada por el titular de los datos.

7. DERECHOS DEL TITULAR

El Titular de los datos personales tiene derecho a:
a) Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a MANUPOL como Responsable del tratamiento o directamente a los Encargados del Tratamiento.
b) Solicitar prueba de la autorizaci?n otorgada al Responsable del Tratamiento, salvo las excepciones legales.
c) Ser informado por el Responsable del Tratamiento o el Encargado del Tratamiento, sobre el uso dado a los datos o la informaci?n de la cual es titular.
d) Presentar quejas ante la autoridad competente cuando no se cumplan los lineamientos de la presente pol?tica.
e) Revocar la autorizaci?n y/o solicitar la supresi?n, modificaci?n de los datos personales, cuando los mismos no correspondan a la realidad y no sean ciertos, caso en el cual MANUPOL realizar? las actuaciones a que haya lugar.

8. PROCEDIMIENTO DE CONSULTAS Y RECLAMOS. PROCEDIBILIDAD.

De conformidad con lo establecido en el art?culo 14 de la Ley 1581 de 2012, los titulares o sus causahabientes podr?n consultar la informaci?n personal del Titular que repose en cualquier base de datos. Por lo anterior, MANUPOL, garantizar? el derecho de consulta, suministrando a los titulares toda la informaci?n contenida en el registro individual o que est? vinculada con la identificaci?n del Titular.


CONSULTAS.

Con el fin de garantizar este derecho, el procedimiento de consulta por parte de los titulares o sus causahabientes, ser? el siguiente:
Deber?n enviar comunicaci?n escrita a MANUPOL ubicada en la Carrera 22 No 6 ? 88 en la ciudad de Bogot?, dirigida a la Coordinaci?n de Recursos Humanos y Compras, Gloria Stella Lara Hern?ndez, encargada del Tratamiento de Bases de Datos, o al correo electr?nico recursoshumanos@manupol.com.co Dicha comunicaci?n deber? contener la informaci?n b?sica del solicitante, los hechos en que funda su petici?n, la direcci?n a la cual se enviara la respuesta y las pruebas o anexos en los cuales fundamenta su petici?n.
La consulta ser? resuelta en el t?rmino de diez (10) habilidades, prorrogables por cinco (5) d?as adicionales en caso de no obtenerse la informaci?n necesaria para dar respuesta, de lo cual se informara al solicitante.
RECLAMOS.

Si el Titular o sus causahabientes que considere(n) que la informaci?n contenida en una base de datos y suministrada por MANUPOL debe ser objeto de correcci?n, actualizaci?n o supresi?n, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la Ley 1581 de 2012, podr?(n) presentar un reclamo ante el Responsable del Tratamiento, el cual ser? tramitado bajo las siguientes reglas:

a) El reclamo lo podr? presentar el Titular, mediante comunicaci?n escrita por medio de correo certificado dirigida a MANUPOL, a la direcci?n Carrera 22 No 6 ? 88 en la ciudad de Bogot?, o al correo electr?nico recursoshumanos@manupol.com.co, dirigido a la Coordinaci?n de Recursos Humanos y Compras, Gloria Stella Lara Hern?ndez encargada del manejo de la Base de Datos. Si el reclamo recibido no cuenta con informaci?n completa que permita darle tr?mite, esto es, con la identificaci?n del Titular, la descripci?n de los hechos que dan lugar al reclamo, la direcci?n del titular, y acompa?ando los documentos que se quiera hacer valer, se requerir? al interesado, dentro de los cinco (5) d?as siguientes a la recepci?n del reclamo, para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento sin que el solicitante presente la informaci?n requerida, se entender? que ha desistido del reclamo.

Si por alguna circunstancia se recibe un reclamo que en realidad no deber?a ir dirigido contra MANUPOL, ?ste dar? traslado, en la medida de sus posibilidades, a quien corresponda en un t?rmino m?ximo de dos (2) d?as h?biles, e informar? de la situaci?n al interesado.

b) Una vez recibido el reclamo completo, se incluir? en la base de datos que mantiene el Responsable una leyenda que diga "reclamo en tr?mite" y el motivo del mismo, en un t?rmino no mayor a dos (2) d?as h?biles. Dicha leyenda deber? mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.

c) El t?rmino m?ximo para atender el reclamo ser? de quince (15) d?as h?biles contados a partir del d?a siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atenderlo dentro de dicho t?rmino se informar? al interesado antes del vencimiento de los quince (15) d?as los motivos de la demora y la fecha en que se atender? su reclamo, la cual en ning?n caso podr? superar los ocho (8) d?as h?biles siguientes al vencimiento del primer t?rmino.

Como requisito de Procedibilidad para elevar una queja a los ?rganos de Control, el titular del dato o la informaci?n deber? haber agotado el anterior procedimiento ante MANUPOL, en caso contrario, MANUPOL declarar? desconocer la situaci?n consultada o reclamada.

9. DEBERES DE LOS RESPONSABLES DEL TRATAMIENTO Y ENCARGADOS DEL TRATAMIENTO.

Los deberes de los responsables y encargados de MANUPOL en el tratamiento de los datos se obligan a cumplir lo estipulado en el Titulo VI Art?culo 17 y 18 de la ley estatutaria 1581 de 2012, teniendo como lineamientos los principios de la presente pol?tica.

Deberes de los Responsables de Tratamiento:
Los responsables del tratamiento de la informaci?n dentro de MANUPOL, deber?n cumplir las siguientes obligaciones, sin perjuicio de las modificaciones que por mandato legal surjan en el futuro.
a) MANUPOL como responsable del manejo de la informaci?n y de la protecci?n que debe dar a los titulares de los datos personales, garantiza en todo tiempo el pleno y efectivo Derecho Constitucional del Habeas Data. Para efectos de lo anterior, solicitar? y conservar?, en las condiciones previstas en la ley copia(s) de la respectiva autorizaci?n otorgada para tal fin por el titular de los datos.
b) MANUPOL como responsable del manejo de la informaci?n, comunicar? al titular sobre la finalidad de la recolecci?n y derechos que le asisten en virtud de la Autorizaci?n otorgada.
c) MANUPOL garantizar? la seguridad de la informaci?n con el fin de impedir adulteraciones, p?rdidas, consultas no autorizadas, uso o acceso fraudulento o todo aquello que constituya una violaci?n al buen nombre del titular de la informaci?n.
d) MANUPOL se compromete a Actualizar y Corregir la informaci?n cuando sea pertinente. De cualquier forma, el manejo de la informaci?n debe estar previamente Autorizada por el titular de los datos, en caso contrario, MANUPOL se abstendr? de manejar dicha informaci?n, a menos que por mandato de la ley o requerimiento legal la deba dar a conocer.
e) MANUPOL se compromete a tramitar las consultas y reclamos dentro de los t?rminos establecidos en la presente pol?tica, y en general en los establecidos en la ley.
f) MANUPOL se compromete a informar al encargado del tratamiento de la informaci?n, cuando determinada informaci?n o datos se encuentran en discusi?n por parte del titular, una vez se haya presentado la reclamaci?n y no se haya dado finalizaci?n al tr?mite respectivo.
g) MANUPOL se compromete a informar al titular de los datos, el uso que se le est? dando a la informaci?n previa solicitud por parte de ?ste.
h) MANUPOL bajo el principio de legalidad se compromete a cumplir la ley, realizar los informes requeridos por autoridad competente en general.

Deberes de los Encargados del Tratamiento.

Los encargados del tratamiento de la informaci?n dentro de MANUPOL, deber?n cumplir las siguientes obligaciones, sin perjuicio de las modificaciones que por mandato legal surjan en el futuro.

a) Garantizar el Derecho Constitucional del Habeas Data al titular de la informaci?n, para lo cual deber? contar con la seguridad necesaria para el almacenamiento y manejo de datos, as? como para su archivo f?sico, de forma tal que estos no puedan ser objeto de fraude, adulteraci?n, perdida, consulta o uso no autorizado. De igual manera los datos almacenados y el manejo de la informaci?n deber? ser actualizada, rectificada o suprimida en caso de variaci?n por parte del titular de la informaci?n y el procedimiento se realizar? conforme a las pol?ticas para ello y la ley.
b) Actualizar la informaci?n reportada por los responsables del tratamiento, dentro de los cinco (5) d?as h?biles a partir de su recibo. De igual manera, el encargado de la informaci?n deber? tramitar las consultas y reclamos conforme a las pol?ticas establecidas por MANUPOL En caso que el dato se encuentre en discusi?n se debe registrar como "reclamo en tr?mite" en la forma que regula la presente pol?tica y de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en la ley.
c) Insertar la leyenda "Informaci?n en Discusi?n Judicial" una vez notificado por parte de autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad del dato personal. En cualquier caso, el encargado de la informaci?n se abstendr? de circular informaci?n que se encuentre en discusi?n o sea controvertida por el titular o haya sido bloqueada por orden de la Superintendencia de Industria y Comercio.
d) Permitir el acceso a la informaci?n ?nicamente a personal autorizado y con el objetivo de realizar el adecuado manejo de datos de acuerdo a la autorizaci?n previamente dada por su titular.
e) Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten violaciones a los c?digos de seguridad y existan riesgos en la administraci?n de los datos o la informaci?n suministrada por los titulares. Cumplir cualquier requerimiento realizado por la Superintendencia de Industria y Comercio.

MANUPOL declara que lo no contenido en la presente pol?tica de manejo de informaci?n o de base de datos, ser? regido por lo establecido en la ley 1581 de 2012, Decreto 1377de 2013, Decreto Reglamentario 1074 de 2015 y la Circular Externa No 002 de 20015 emitida por la S.I.C., as? como las normas que las adicionen, modifiquen en revoquen en el futuro
La presente pol?tica empieza a regir a partir de hoy primero (1?) de Enero de dos mil diecis?is (2016) y se incorpora en los manuales de funciones y reglamentos internos de la sociedad en lo pertinente.